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Departamento de Justicia de los EE.UU.
División de Derechos Civiles

Protecciones Federales Contra la Discriminación por Origen Nacional

Publicado en enero del año 2001
INTRODUCCION

Las leyes federales prohíben la discriminación basada en el origen nacional, la raza, el color, la religión, la desabilidad, el sexo y la situación familiar de una persona. Las leyes que prohíben la discriminación por origen nacional establecen que es ilegal discriminar contra una persona por su lugar de nacimiento, ancestro, cultura o idioma. Esto significa que a las personas no se les puede negar la igualdad de oportunidades porque ellas o sus familias son de otro país, porque tienen un nombre o un acento relacionado con un grupo de cierto origen nacional, porque participan en ciertas costumbres que se relacionan con un grupo de cierto origen nacional o porque se relacionan o están casadas con alguien de cierto origen nacional.

La División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia se preocupa de que en los Estados Unidos no se denuncie la discriminación por origen nacional debido a que las víctimas no conocen sus derechos legales o porque temen hacer sus denuncias ante el gobierno. Para resolver este problema, la División de Derechos Civiles ha establecido un Comité de Origen Nacional para ayudar a los ciudadanos y a los inmigrantes a comprender y ejercer mejor sus derechos legales. Si piensa que usted, o alguien que usted conoce, ha sufrido discriminación debido a su origen nacional y desea obtener más información sobre cómo ejercer sus derechos legales, debería leer este folleto.

Aquí se explican las leyes que prohíben la discriminación por origen nacional y se dan algunos ejemplos. En Internet puede encontrar información adicional sobre la División de Derechos Civiles, en la dirección http://www.usdoj.gov/crt. Puede ponerse en contacto con esta División para presentar denuncias sobre discriminación como se explica a continuación.

CONOZCA SUS DERECHOS LEGALES

La División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia hace cumplir leyes federales que prohíben la discriminación en:

La Educación
El Empleo
La Vivienda
Los Préstamos
Los Alojamientos Públicos
La Ejecución de la Ley y la Mala Conducta Policial
La Votación

La División también hace cumplir las leyes que prohíben la discriminación por motivos de desabilidad, protege los derechos civiles de personas que se encuentran detenidas en ciertas instituciones estatales o locales, y encausa delitos motivados por la raza, el color o el origen nacional de las víctimas.

En algunos casos, la División sólo puede participar si existe una "tendencia o práctica" de discriminación. "Tendencia o práctica" generalmente quiere decir que hay más de un solo incidente de discriminación y que existe una política o conducta repetitiva que resulta discriminatoria.

LAS INFRACCIONES PENALES DE DERECHOS CIVILES

La Sección Penal de la División de Derechos Civiles (Criminal Section) enjuicia a personas acusadas de emplear la fuerza o la violencia para interferir en los derechos protegidos federalmente de una persona por causa de su origen nacional. Estos derechos incluyen áreas como la vivienda, el empleo, la educación o el uso de instalaciones o servicios públicos. Puede ponerse en contacto con la Sección Penal llamando al (202) 514-3204 o escribiendo a: Criminal Section, P.O. Box 66018, Washington, D.C. 20035-6018.

LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DESABILIDADES

Este ejemplo puede constituir no sólo una infracción de las leyes federales que prohíben la discriminación por motivos de desabilidad, sino también de las leyes que prohíben la discriminación por origen nacional. Si piensa que ha sido víctima de discriminación porque tiene una desabilidad, puede ponerse en contacto con la Sección de Derechos de las Personas con Desabilidades (Disability Rights Section) llamando al (800) 514-0301 (voz) o al 800-514-0383 (TDD). También puede escribir a: Disability Rights Section, P.O. Box 66738, Washington, D.C. 20035-6738.

LA EDUCACION

Estos ejemplos pueden constituir infracciones de la ley federal que prohíbe la discriminación en la educación por motivo del origen nacional de las personas. La Sección de Oportunidades Educacionales de la División (Education Section) vela por el cumplimiento de estas leyes en escuelas primarias y secundarias, al igual que en universidades y colegios universitarios públicos. La Sección de Oportunidades Educacionales aborda la discriminación en todos los aspectos de la educación, entre ellos la asignación de estudiantes a escuelas y clases, el transporte de los estudiantes, la contratación y colocación de profesores y personal administrativo, la distribución de los recursos de las escuelas y la disposición de programas educacionales que ayuden a aprender inglés a estudiantes con conocimientos limitados de este idioma.

Para presentar una denuncia o para pedir más información, póngase en contacto con la Sección de Oportunidades Educacionales llamando al (202) 514-4092 o escriba a: Educational Opportunities Section, P.O. Box 65958, Washington, D.C. 20035-5958.

EL EMPLEO

Estos ejemplos pueden constituir infracciones de la ley que prohíbe la discriminación contra un empleado o solicitante a un trabajo por causa de su origen nacional. Esto quiere decir que un empleador no puede disciplinar, acosar, despedir, o rehusarse a contratar o a ascender a una persona debido a su origen nacional.

Si piensa que un empleador, organización laboral o agencia de empleos ha discriminado en contra de Usted debido a su origen nacional, póngase en contacto con:

Equal Employment Opportunity Commission
(800) 669-4000
(Empleadores con 15 o más empleados)

Office of Special Counsel
(800) 255-7688
P.O. Box 27728
Washington, D.C. 20038-7728.
(Empleadores con entre 4 y 14 empleados)

Employment Litigation Section
(202) 514-3831
P.O. Box 65968
Washington, D.C. 20035-5968
(Empleador de gobierno estatal o local con
tendencia o prácticas de discriminación ilegal)

Además, un patrón puede infringir la ley federal al exigir documentos específicos de autorización de trabajo, como una tarjeta verde, o rechazar dichos documentos únicamente porque pertenecen a candidatos de ciertos orígenes nacionales. Para obtener más información o para presentar cargos, póngase en contacto con la Oficina del Consejero Especial (Office of Special Counsel) de la División en la dirección o número telefónico gratuito indicado anteriormente.

LA VIVIENDA

Estos ejemplos pueden constituir infracciones del Acta de Vivienda Justa. Dicha ley prohíbe la discriminación por motivos de origen nacional, raza, color, sexo, religión, desabilidad o situación familiar (presencia de niños menores de 18 años) en asuntos de vivienda. Las denuncias individuales de discriminación pueden presentarse ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) llamando al (800) 669-9777. Si usted piensa que existe una tendencia o práctica de discriminación, póngase en contacto con la Sección de Vivienda Justa de la División (Housing and Civil Enforcement Section) en el número (202) 514-4713.

LOS PRÉSTAMOS

Este ejemplo puede constituir una infracción de las leyes federales que prohíben la discriminación en préstamos por motivos de origen nacional, raza, color, sexo, religión, desabilidad y estado civil o porque una parte de los ingresos de una persona proviene de asistencia pública. Si usted piensa que se le ha negado un préstamo debido a su origen nacional u otro motivo previsto por las leyes, puede pedirle al prestamista una explicación por escrito de las razones por las que rechazó su solicitud.

Si el préstamo es para la hipoteca de una vivienda, para realizar mejoras en una casa o para otras razones relacionadas con vivienda, puede presentar una denuncia ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano llamando al (800) 669-9777. Si su experiencia formó parte de una tendencia o práctica de discriminación, también puede llamar a la Sección de Vivienda Justa al (202) 514-4713 para pedir más información sobre sus derechos o para presentar una denuncia. Si el préstamo es por motivos aparte de la vivienda (como un préstamo para comprar un carro), puede presentar una denuncia ante la Sección de Vivienda Justa de la División o ante la agencia reguladora del prestamista.

LOS ALOJAMIENTOS PUBLICOS

Estos ejemplos pueden constituir infracciones de las leyes federales que prohíben la discriminación por motivos de origen nacional, raza, color o religión en alojamientos públicos. Los alojamientos públicos incluyen hoteles, restaurantes y locales de entretenimiento. Si usted piensa que se le ha negado el acceso o la igualdad para disfrutar un alojamiento público y que existe una tendencia o práctica de discriminación, póngase en contacto con la Sección de Vivienda Justa llamando al (202) 514-4713. También puede escribir a: Housing and Civil Enforcement Section, P.O. Box 65998, Washington, D.C. 20035-5998.

LA EJECUCION DE LA LEYE Y LA MALA CONDUCTA POLICIAL

Estos ejemplos pueden constituir infracciones de la Cláusula de Igualdad de Protección de la Constitución de los Estados Unidos. También pueden ser infracciones de la Ley Omnibus para el Control de la Delincuencia y Calles Seguras de 1968. Dicha ley prohíbe la discriminación por origen nacional, raza, color, religión o sexo por parte de un departamento de policía que reciba fondos federales a través del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Asimismo, pueden infringir el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe la discriminación por agencias encargadas de hacer cumplir las leyes y que reciben asistencia financiera federal, incluso bienes decomisados.

Las denuncias de discriminación contra individuos pueden presentarse ante la Sección de Coordinación y Revisión (Coordination and Review Section), P.O. Box 66560, Washington, D.C. 20035-6560, o llamando al teléfono 1-888-848-5306.

Las denuncias de discriminación contra individuos también pueden presentarse en la siguiente dirección: Office of Justice Programs at Office for Civil Rights, Office of Justice Programs, U.S. Department of Justice, Washington, D.C. 20531, o llamando a la Oficina de Programas de Justicia al (202) 307-0690.

La Sección de Litigios Especiales (Special Litigation Section) investiga y procesa denuncias contra departamentos de policía con tendencias o prácticas de discriminación por motivos de origen nacional. Para presentar una denuncia, póngase en contacto con la Sección de Litigios Especiales en el (202) 514-6255 o escriba a: Special Litigation Section, P.O. Box 66400, Washington, D.C. 20035-6400.

LOS DERECHOS CIVILES DE PERSONAS INSTITUCIONALIZADAS

Estos ejemplos pueden constituir infracciones de la Cláusula de Igualdad de Protección de la Constitución de los Estados Unidos. La Sección de Litigios Especiales vela por el cumplimiento de los derechos constitucionales de las personas detenidas en instituciones de gobiernos estatales o locales, como las prisiones, las cárceles, los centros correccionales para menores, los asilos para ancianos, y los centros o instituciones para las personas con desabilidades psiquiátricas o del desarrollo. Si usted es un residente de cualquiera de dichos centros y piensa que existe una tendencia o práctica de discriminación basada en su origen nacional, póngase en contacto con la Sección de Litigios Especiales llamando al (202) 514-6255. También puede escribir a: Special Litigation Section, P.O. Box 66400, Washington, DC 20035-6400.

LOS PROGRAMAS QUE RECIBEN ASISTENCIA FEDERAL

Estos ejemplos pueden constituir infracciones de las leyes federales que prohíben la discriminación por motivos de origen nacional, raza o color de parte de quienes reciben fondos federales. Si usted piensa que ha sido víctima de discriminación por una agencia de un gobierno estatal o local o una organización que recibe fondos del gobierno federal, puede presentar una denuncia ante la Sección de Coordinación y Revisión de la División llamando al (888) 848-5306. También puede escribir a: Coordination and Review Section, P.O. Box 66560, Washington, D.C. 20035-6560. La Sección de Coordinación y Revisión hará llegar la denuncia a la agencia de financiamiento federal adecuada.

LA VOTACION

La conducta de los funcionarios electorales puede infringir las leyes federales que prohíben la discriminación en las votaciones. Los Actas de Derechos de Votar no prohíben específicamente la discriminación por origen nacional. Sin embargo, ciertas disposiciones de esas leyes establecen que es ilegal limitar o negar el derecho a votar a cualquier ciudadano no sólo por motivos de raza o color, sino también por pertenecer a un grupo de minoría idiomática. Además, las leyes también exigen que en ciertas jurisdicciones se proporcionen materiales electorales y asistencia en idiomas distintos del inglés.

Por añadidura, la Sección 208 del Acta de Derechos de Votar permite a los votantes que necesiten ayuda por motivos de ceguera, desabilidad o por que no sepan leer o escribir, llevar a alguien (que no sea su patrón o representante de un sindicato) para que los ayude. Esto significa que un votante que necesite ayuda para leer la papeleta para votar en inglés, puede llevar a un amigo o a un miembro de su familia para que se la traduzca. En algunos lugares, los funcionarios electorales deben proporcionar información, como la inscripción de votantes y la papeleta para votar, en cierto(s) idioma(s) además del inglés. Esto puede incluir la presencia de traductores que ayuden a los votantes a votar.

Si usted piensa que ha sido víctima de discriminación en alguna votación o que se le ha negado asistencia para depositar su voto, puede ponerse en contacto con la Sección de Votaciones de la División (Voting Rights Section) llamando al (800) 253-3931. También puede escribir a: Voting Section, P.O. Box 66128, Washington, DC 20035-6128.

Nota:

Cuando llame cualquiera de las oficinas enumeradas en este folleto, le contestarán en inglés. Pero, si necesita un traductor, dígale a la operadora que habla español y espere en la línea mientras le buscan uno.

Para las personas con desabilidades, este documento estará disponible en tipo grande, grabación en audio, diskette de computadora y Braille.

Se recomienda que se reproduzca este documento.