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May 3, 2001 Extensión del Estado de Protección Temporal (TPS) El Estado de Protección Temporal (TPS) es un estado migratorio temporal concedido a ciudadanos de países designados como tal. Durante el período determinado por el Fiscal General para el país designado, no se requiere que los beneficiarios del TPS salgan de país y pueden obtener permisos de trabajo. Sin embargo, el TPS no es conducente a un estado de residencia permanente. Cuando el Fiscal General termina la designación de TPS para un país, la persona extranjera volverá al estado que tenía previo al TPS o a otro estado que pudo haber obtenido mientras estuvo inscrita en el TPS. ¿Quiénes califican para la reinscripción? Un extranjero que sea ciudadano de Honduras o Nicaragua (o en el caso de un(a) extranjero(a) que no tenga nacionalidad, la persona que su última lugar de residencia habitual haya sido Honduras o Nicaragua) pueden reinscribirse para el TPS y la extensión del permiso de trabajo. La reinscripción está limitada para las personas que se inscribieron durante el período inicial de inscripción que terminó el 20 de agosto de 1999 ó para quien se haya inscrito después de esa fecha bajo la estipulación del registro inicial tardío, y para quienes se hayan reinscrito a tiempo durante la previa extensión de 12 meses. Aquellos que nunca se inscribieron en el TPS pueden calificar para el registro inicial tardío, tal como se describe a continuación. Las personas que hayan sido declaradas culpables en los Estados Unidos de un delito grave (felony) o dos o más delitos menores (misdemeanors) que hayan sido cometidos en los Estados Unidos no califican para el TPS. De igual forma, las personas sujetas a ciertas prohibiciones de índole criminal o de seguridad para el asilo no califican para el TPS. ¿Cómo me reinscribo? Si a usted ya se le ha concedido el TPS a través del Programa TPS Honduras/Nicaragua, su TPS vencerá el 5 de julio del 2001. Las personas a que previamente se les concedió el TPS bajo el programa TPS Honduras/Nicaragua pueden solicitar la extensión durante los 90 días que dura el período de reinscripción, del 8 de mayo hasta el 6 de agosto del 2001 presentando lo siguiente:
Las personas que solicitan una extensión de los beneficios del TPS no necesitan presentar nuevas huellas digitales y por lo tanto no necesitan hacer el pago de 25 dólares por huellas digitales. Además, el dar fe de seguir cumpliendo las condiciones de eligibilidad generalmente evitará la necesidad de presentar documentos de apoyo o evidencia. El INS, sin embargo, se reserva el derecho de solicitar información adicional y/o documentación sobre la base de caso por caso. Pagos: Los que solicitan la reinscripción no necesitan hacer el pago de $50 cuando entregan el Formulario I-821. Si la persona solicita permiso de trabajo debe incluir el pago de $100 con el Formulario I-765. La persona que no desea tener permiso de trabajo no necesita hacer el pago de los $100, pero debe presentar sin embargo el FormularioI-765. El solicitante puede pedir una exención del pago de acuerdo con las reglas establecidas. Un extranjero se puede inscribir para el Estado de Protección Temporal como solicitante inicial tardío sí tal persona:
Adicionalmente, la persona que solicita el registro inicial tardío debe demostrar que durante el período inicial de inscripción del 5 de enero de 1999 al 20 de agosto de 1999:
Una persona que solicita inscripción inicial tardía debe inscribirse dentro del período de 60 días inmediatamente después del vencimiento o terminación de las condiciones arriba descritas. El (la) cónyuge o hijo (a) de un(a) extranjero(a) actualmente inscrito en el TPS puede solicitar el registro inicial tardío en cualquier momento sí el o ella es elegible y si lo era en el momento del período inicial de inscripción. ¿Cómo solicito la inscripción inicial tardía? La persona que solicita el registro inicial tardío debe presentar un paquete de solicitud completo, incluyendo la documentación de apoyo y todos los pagos que apliquen, de acuerdo con las regulaciones. Además de los requisitos arriba descritos para la reinscripción bajo la extensión, la persona que solicita la inscripción inicial tardía debe hacer efectivo el pago de $50 con el Formulario I-821 y, si tiene 14 o mas años de edad hacer un pago de $25 por huellas digitales. El solicitante puede pedir una exención del pago de acuerdo con las reglas establecidas. ¿Dónde puedo presentar la solicitud para la extensión del TPS o para inscripción inicial tardía. No vaya por favor a una Oficina de Distrito del INS. Las oficinas locales del INS no pueden aceptar solicitudes de TPS. Si los solicitantes van a una Oficina de Distrito del INS, se les instruirá que presenten su solicitud en el Centro de Servicios del INS que tiene jurisdicción sobre su lugar de residencia. El siguiente es un listado de los Centros de Servicios del INS:Si usted reside en Connecticut, Delaware, el Distrito de Columbia (Washington,DC), Maine, Maryland, Massachusetts, New Hampshire, New Jersey, New York, Pennsylvania, Puerto Rico, Rhode Island, Vermont, Virginia, West Virginia o U.S. Virgin Islands, envíe su solicitud y los honorarios correspondientes por correo a la siguiente dirección: Vermont Service Center Si usted vive en Arizona, California, Guam, Hawaii o Nevada, debe remitir su solicitud y pagos aplicables a: California Service Center Si usted vive en Alabama, Arkansas, Florida, Georgia, Kentucky, Louisiana, Mississippi, New Mexico, North Carolina, Oklahoma, South Carolina, Tennessee o Texas, debe remitir su solicitud y pagos aplicables a: Texas Service Center Si usted vive en cualquier otra parte de los Estados Unidos, enviar su solicitud y pagos aplicables a: Nebraska Service Center ¿Cuanto durará la extensión del TPS? La extension de TPS para los hondureños y nicaragüenses estará vigente durante un período de 12 meses, del 5 de julio del 2001 hasta el 5 de julio del 2002. ¿Específicamente, que factores fueron considerados para tomar la decisión de conceder una extensión de TPS de 12 meses para hondureños y nicaragüenses? Desde la fecha de la última extensión de la designación de TPS para Honduras, los Departamentos de Justicia y de Estado han continuado examinando las condiciones en Honduras. Antes de tomar una decisión, el Fiscal General realizó consultas con el Departamento de Estado para determinar si las condiciones que justificaron la designación de TPS continuaron existiendo. A pesar de las indicaciones de progreso en los esfuerzos de resuperación, el Fiscal General determinó que suficiente daño persiste del Huracán Mitch y que Honduras está temporalmente sin la capacidad de poder manejar adecuadamente el retorno de más de 100,000 de sus nacionales. Por ejemplo, un examen de las condiciones actuales de Honduras reveló que 14,000 de las aproximadamente 50,000 víctimas del Huracán Mitch continúan en refugios. Aún mas, de las 60,000 viviendas que se requieren después del Huracán Mitch, sólo alrededor de 18,000 han sido actualmente construidas. Al examinar toda la información disponible, el Fiscal General concluyó que se justificaba una extensión de la designación de TPS para Honduras. Desde la fecha de la última extensión de la designación de TPS para Nicaragua, los Departamentos de Justicia y de Estado han continuado examinando las condiciones en Nicaragua. Antes de tomar una decisión, el Fiscal General realizó consultas con el Departamento de Estado para determinar si continuaron existiendo las condiciones que justificaron la designación de TPS. A pesar de las indicaciones de progreso en los esfuerzos de resuperación, el Fiscal General determinó que suficiente daño persiste del Huracán Mitch y que Nicaragua está temporalmente sin la capacidad de poder manejar adecuadamente el retorno de sus nacionales. Por ejemplo, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura designó a Nicaragua como uno de los cuatro países del hemisferio occidental que tiene emergencias de alimentos. Además, los esfuerzos de recuperación continúan siendo incapacitados por la entrega tardía de la ayuda internacional. ¿Se les permitirá viajar al extranjero a los nacionales protegidos por el TPS de Honduras y Nicaragua durante el período del TPS? A los que se les ha concedido el TPS deben recibir previamente un permiso para regresar a los Estados Unidos antes de viajar al extranjero. Este permiso previo se llama Libertad Condicional Anticipada (Advance Parole). El incumplimiento de obtener el advance parole antes de viajar al extranjero puede resultar en su eliminación del TPS y/o la institución ó recalendarización de los procedimientos de deportación. ¿Dónde puedo obtener los formularios y más información? La información pertinente al TPS para los nacionales de Honduras y Nicaragua (o extranjeros que no tenga nacionalidad y que su última lugar de residencia habitual haya sido Honduras o Nicaragua) está disponible en el sitio del INS en el Internet: www.ins.gov o en el Centro Nacional de Servicio al Cliente del INS, teléfono: 1-800-375-5283. Los solicitantes pueden obtener los formularios en el sitio de Internet del INS o llamando a la Línea de Formularios del INS: 1-800-870-3676. INS |
Last Modified 02/20/2003