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Cuando usted se jubile de su propio negocio: Lo que necesita saber

SSA Publication No. 05-10938 (When You Retire From Your Own Business: What You Need to Know); January 2009; ICN 484365 (para verlo en pdf) pdf logo(In English)
 

Si usted es dueño y administrador de su propio negocio, aún no ha cumplido la plena edad de jubilación y piensa jubilarse, el Seguro Social necesita saber si se jubilará totalmente o si todavía piensa trabajar. Si es mayor de su plena edad de jubilación, puede recibir todos sus beneficios de Seguro Social aunque no se jubile de su negocio.

Cuando usted trabaja para alguien más, es fácil determinar si está «jubilado», pues sus ganancias lo dicen todo. Sin embargo, cuando trabaja en un negocio propio (o de su familia) o si es un miembro de la directiva en una empresa, no es tan fácil saber si se ha jubilado. Debido a que usted podría estar en un puesto en donde puede controlar sus propias ganancias, es posible que necesite proveer más información al Seguro Social —como declaraciones de impuestos o registros de la corporación— cuando solicite beneficios. Esto nos ayudará a decidir la cantidad de sus beneficios de jubilación. Sus ganancias tienen que reflejar el trabajo que hace. Usted no puede pagarse un salario menor simplemente para ganar menos del límite de ganancias del Seguro Social.
 
 

Contenido

Cómo sus ganancias reducen su beneficio de Seguro Social

 
¿Está verdaderamente jubilado?
Es posible que necesitemos evidencia adicional
Lo que contamos como ganancias
Un ejemplo
Es importante comunicarse con anticipación con el Seguro Social
Cómo comunicarse con el Seguro Social
 

Cómo sus ganancias reducen su beneficio de Seguro Social

Los límites de ganancias cambian cada año. Si usted es menor de su plena edad de jubilación en el 2009, puede ganar hasta $14,160 sin afectar sus beneficios. Por cada $2 que gane sobre este límite, retendremos $1 en beneficios. Si cumplirá su plena edad de jubilación en el 2009, reduciremos $1 de sus beneficios por cada $3 que gane sobre $37,680 hasta el mes en que cumpla la plena edad de jubilación. Una vez que cumpla su plena edad de jubilación, sus beneficios de Seguro Social no serán reducidos sin importar cuanto gane.

Por muchos años, la plena edad de jubilación era 65 años. Sin embargo, empezando con las personas que nacieron a partir del 1938, la edad aumentará paulatinamente hasta alcanzar los 67 años para las personas que nacieron después del 1959. Por ejemplo, la plena edad de jubilación para las personas que nacieron entre el 1943 y el 1954, es 66 años.

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¿Está verdaderamente jubilado?

Cuando solicita los beneficios de Seguro Social, hay varias situaciones que requieren información y evidencia adicional para determinar su nivel de jubilación. Por ejemplo, preguntas adicionales apropiadas serían si usted—

  • Participa en un negocio de familia y un familiar suyo se está encargando de algunas o todas sus responsabilidades;
  • Continúa prestando servicios al negocio a una tasa reducida de compensación;
  • Está en un puesto donde puede controlar sus ganancias;
  • Todavía es dueño único o parcial de un negocio y tiene acciones en el negocio; o
  • Está dividiendo su salario con otras personas (por ejemplo, dividiendo su salario anterior entre usted y su cónyuge o niños).

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Es posible que necesitemos evidencia adicional

Además de pedirle que llene la solicitud de beneficios, le preguntaremos sobre sus planes de jubilación. Es posible que le pidamos que llene el formulario SSA-4184 titulado, «Self-Employment/Corporate Officer Questionnaire», (en español: Cuestionario sobre trabajo por cuenta propia/directivo de corporación [sólo disponible en inglés]) para que nos provea la información que necesitamos para determinar si usted está jubilado. También es posible que le pidamos más documentación como declaraciones de impuestos personales y del negocio, resoluciones corporativas, acuerdos de transferencia de acciones y renuncias. Prestamos atención especial a situaciones en que su salario ha sido reducido pero está siendo compensado de alguna otra forma. Esto puede incluir un aumento en dividendos, un aumento de salario para otro miembro de su familia (sin ningún cambio en responsabilidades), reembolsos excesivos de renta o préstamos y gastos comerciales inexplicados.

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Lo que contamos como ganancias

Cuando usted continúa recibiendo compensación, consideramos el trabajo que usted hacía y la cantidad que ganaba mientras trabajaba y lo comparamos con su trabajo y ganancias después de la «jubilación». Determinamos cuál sería un valor razonable para los servicios que usted presta en el negocio, basado en el tiempo que le dedica y la naturaleza de los servicios que presta y comparamos los servicios con el ingreso que recibe. Si decidimos que el valor de sus servicios excede su ingreso, determinaremos el valor de esos servicios y lo contaremos para propósitos del límite anual de ganancias del Seguro Social.

Además, si determinamos que usted no está jubilado y que sus ganancias no han sido totalmente informadas, tenemos el derecho de ajustar su registro de ganancias del Seguro Social. También es posible que le notifiquemos al Servicio de Impuestos Internos para que ellos determinen si sus contribuciones tributarias necesitan ser ajustadas.

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Un ejemplo

El siguiente ejemplo muestra una situación donde se requiere una entrevista y documentación extensa porque la persona se está jubilando de un negocio o corporación familiar. El Sr. Rodríguez, de 63 años de edad, es dueño y administrador de una tienda de muebles y está a punto de solicitar beneficios de Seguro Social. Él decide nombrar a su esposa como gerente, aunque él piensa continuar controlando y administrando el negocio. Necesitaremos comparar sus ganancias con el nivel de trabajo que desempeñaba antes de nombrar a su esposa como gerente.

Si nos enteramos que su «jubilación» es simplemente una transacción en papel para transferir sus propias ganancias a su esposa, sin ninguna reducción en los servicios que presta al negocio, ajustaremos sus ganancias para reflejar su participación en el negocio y pagaremos beneficios basados en esas ganancias ajustadas. Le recordaremos al Sr. Rodríguez que si desea continuar trabajando y recibiendo sus beneficios de Seguro Social, la cantidad de sus ganancias tiene que reflejar su nivel de trabajo.

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Es importante comunicarse con anticipación con el Seguro Social

Usted debe verificar con el Seguro Social antes de solicitar beneficios para saber qué documentación necesitará. Recuerde, si usted es menor de la plena edad de jubilación, tiene que «jubilarse» para recibir sus beneficios de «jubilación» —o por lo menos debe reducir su participación en el negocio y mantener sus ganancias dentro del límite de ganancias antes explicado. Eso nos permitirá pagar parte o todos sus beneficios de Seguro Social.

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Cómo comunicarse con el Seguro Social

Nuestro sitio de Internet es un recurso valioso para obtener información sobre todos los programas del Seguro Social. Hay un número de cosas que usted puede hacer por Internet (sólo disponible en inglés).

Además de usar nuestro sitio de Internet, también puede llamar a nuestro número gratis, 1-800-772-1213. Oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un agente (si es sordo o tiene problemas de audición, marque nuestro número TTY, 1-800-325-0778). Tratamos todas nuestras llamadas confidencialmente. Podemos contestar preguntas específicas de lunes a viernes desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m. Ofrecemos servicios de intérprete gratis tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Además, ofrecemos servicio telefónico automatizado las 24 horas del día.

Como también queremos ofrecerle el servicio más cortés y correcto, es posible que un segundo agente escuche algunas llamadas.

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